¿Tienen o no derecho los trabajadores de plataformas digitales a salud y pensión en Colombia?
Elegir una plataforma digital como Rappi para trabajar, representa el ingreso diario de colombianos y extranjeros que carecen de oportunidades laborales y encuentran una oportunidad en las aplicaciones. Además de las ganancias por cuenta del servicio de domicilio este tipo de trabajadores enfrenta un limbo en sus condiciones de trabajo.
En Colombia, comparado con otros países, las leyes de trabajo tienen vacíos que han llevado a que la situación llegue al punto de las protestas como se registró en Bogotá con los llamados “rappitenderos”.
En julio de este año, la ministra de trabajo Alicia Arango declaró que la contratación de rappitenderos es legal. Según la funcionaria, “en Colombia el 44% de los trabajadores gana menos del salario mínimo, incluidos los de Rappi, y cuando un ciudadano gana menos del salario mínimo, desafortunadamente en el país no tiene derecho a nada”. Ante ello expresó que el Plan Nacional de Desarrollo contempla modificar dichas condiciones de modo que “el empleador tiene que poner el 15%, el gobierno pone el 20% sobre el valor ahorrado y el trabajador no pone un peso”.
A pesar de esta situación en Colombia, existen precedentes en otros países que involucran a plataformas digitales en favor de los trabajadores. El año pasado se inició un juicio contra la plataforma Deliveroo, recientemente una sentencia del juzgado 19 de Madrid concluyó que sus trabajadores no son autónomos sino asalariados y deben ser incluidos como empleados para cotizar. De igual manera, Argentina suspendió la operación de Rappi y otras aplicaciones similares en Buenos Aires por la muerte de un ciudadano boliviano con el fin de “impedir que continúen produciéndose accidentes evitables, que cobren la vida o la integridad física de los empleados repartidores”.
SI bien existen precedentes, juicios y sentencias; Colombia parece estar lejos de un debate real por la regulación laboral de plataformas digitales que no solo incluyen a Rappi sino a cualquiera que adhiera a una persona como trabajador. Según el gobierno colombiano, la solución parece llegar con el PND a pesar de esfuerzos infructuosos como el del representante a la cámara Rodrigo Lara con el proyecto de ley 082 de 2018 para reformar el código laboral pero que finalmente se hundió. Amanecerá y veremos si el gobierno le cumple a los trabajadores de plataformas digitales.